Carmelina Pla Abogada

servicios y áreas de especialidad

Derecho de Familia y Herencias

Divorcios y Separaciones

¿Te planteas el divorcio o la separación? ¿Estás atravesando un momento familiar complicado? Te informaremos y diseñaremos la mejor estrategia para tus necesidades.

Modificación de Medidas

Si la situación ha cambiado se puede iniciar un procedimiento, de mutuo acuerdo o contencioso, para ajustarlas a vuestras nuevas necesidades.

Régimen Económico Matrimonial

Si tienes dudas sobre el reparto de bienes, te ayudamos a gestionarlo, ya estés casado en régimen de separación o en sociedad legal de gananciales. Somos expertos en la materia.

Medidas de hijos

Muchas parejas tienen hijos en común sin formalizar matrimonio. La ruptura de la pareja requiere medidas paterno-filiales: Custodia, visitas, pensión alimenticia...

Ejecución de Sentencias

Si tu ex no paga la pensión o incumple con las visitas, te ayudamos. Primero negociando, y si es necesario, con procedimiento de ejecución judicial

Tutorías e Incapacitaciones

Ofrecemos asesoramiento legal y acompañamiento en el proceso de incapacitación judicial para familiares que requieren cuidados especiales debido a causas médicas o de otro tipo.

Pensión Compensatoria

En casos de desequilibrio económico tras separación o divorcio se puede pactar o reclamar una pensión compensatoria a favor de uno de los cónyuges

Reclamación de Paternidad

Gestionamos reclamaciones de paternidad, ofreciendo apoyo legal para establecer la filiación y proteger los derechos y responsabilidades parentales

Sucesiones y Herencias

Te acompañamos en este proceso legal velando por tus intereses y el cumplimiento de las disposiciones legales y testamentos

Extinción Cosa Común

Facilitamos el proceso legal de extinción de cosa común, resolviendo disputas sobre la propiedad compartida, mediante acuerdo o judicialmente.

Derecho de Visitas Abuelos

Ofrecemos asesoramiento y representación legal para garantizar el derecho de los nietos a ver a sus abuelos y familiares directos

Adopciones

Proporcionamos asesoramiento legal en procesos de adopción, guiando a las familias en todos los trámites

¿Hablamos?

O si lo prefieres llámanos al teléfono de contacto: 690 84 68 38

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Preguntas Frecuentes (FAQ)

Existen dos formas de gestionar una separación o divorcio:

  1. De mutuo acuerdo: Se sigue este procedimiento cuando los cónyuges llegan a un acuerdo sobre las medidas relacionadas con los hijos y aspectos económicos. Estas medidas se reflejan en un Convenio Regulador que se firma y ratifica ante el juzgado. Es la opción más rápida y económica, ya que los cónyuges pueden compartir un mismo abogado y procurador.

  2. Contencioso: Se utiliza cuando los cónyuges no logran ponerse de acuerdo. Cada uno tiene su propio abogado y procurador, y se celebra un juicio en el que el juez determina las medidas. Este proceso es más lento y costoso que el de mutuo acuerdo.

¿Vivirán con mamá? ¿Con papá? ¿Con los dos? Y en todo caso, ¿Cómo se materializará dicha convivencia?

El tribunal supremo ha sentado jurisprudencia al determinar que «la custodia compartida debe ser la custodia normal y deseable.»

Pero claro, una custodia compartida no siempre es lo mejor para nuestros hijos. 

  • ¿Quién no conoce a más de un padre o madre que no se ha hecho cargo de su hijo/a jamás? 
  • Y ¿Quién no conoce a una pareja,(si no es la tuya) que se llevan a matar y que no están preparados para coeducar a sus hijos mediante una compartida?
  • ¿Quizá tengas algún amigo cuyo padre  lleva un camión y no duerme en casa en toda la semana? 
 
Por ello, el tribunal supremo puntualiza: «Habrá que estar a la situación concreta de cada familia.»

Por eso, una de las cuestiones más importantes cuando te enfrentas a un divorcio o ruptura de pareja con hijos es que nos sentemos, y estudiemos y analicemos todo lo relacionado con vuestra familia.

Cómo habéis convivido hasta ahora, quién se ha encargado hasta ahora de las cuestiones básicas de los hijos (reuniones escolares, visitas médicas, cuidados…) que tipo de trabajos tenéis, vuestros horarios, tener en cuenta los deseos de los niños, el respeto mutuo de los progenitores o el nivel de conflictividad, … y de este modo trazar un plan estratégico de divorcio o ruptura que nos permita establecer qué es lo mejor para vuestra familia.  

Una vez determinada la idoneidad de un tipo de custodia u otro, ya sea custodia compartida o custodia individual, entramos de lleno en otra de las cuestiones claves de un divorcio con hijos, la de asignar y establecer las visitas y tiempos de estancia en el que vuestros hijos e hijas estarán con cada uno de vosotros. 

«Custodia compartida no significa necesariamente reparto equitativo de tiempos, al igual que custodia individual no significa estar con tus hijos fines de semana alternos.»

Tendemos a pensar que una custodia compartida implica el reparto equitativo de los tiempos, pero no tiene porque ser así. La custodia compartida se puede configurar del modo que consideréis si los tiempos son equilibrados.

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De este modo, es posible que por las circunstancias los hijos deban pasar más noches con uno de los dos, pero más tardes con el otro y seguir siendo un régimen de custodia compartida 

«La custodia compartida puede ser flexible.»

No hay que cerrarse a un sistema preconcebido simplemente porque pensemos que de «normal» se hace así.  

Dicho esto, existen modelos que son más habituales cuando hablamos de una compartida: Custodia compartida por semanas, custodia compartida a días alternos, custodia por quincenas, meses…etc

Custodia monoparental. Visitas y comunicaciones. 
Cuando se establece un sistema de guarda y custodia monoparental a favor de uno de los progenitores se debe regular un régimen de visitas y comunicaciones con el progenitor no custodio que permita que los hijos puedan tener una relación estrecha con él, sentir con normalidad que la familia no es solo aquel con quién conviven sino aquellos que le cuidan, le educan, le miman, y le sostienen, convivan o no. 

Por eso, en la medida de lo posible se debe intentar ampliar al máximo las visitas tanto en fines de semana alternos  y ampliar las visitas intersemanales (una o dos tardes a la semana) así como procurar que se realicen llamadas o videollamadas a diario. 

Una vez más dependerá de las circunstancias, necesidades y voluntad de los peques, horarios, nivel de conflictividad…etc 

Sea como sea, y salvo que el padre sea un maltratador (en cuyo caso jamás será un buen padre), debes intentar que la comunicación entre ellos sea fluida y habitual. 

La cuestión que más conflicto puede generar entre vosotros. Muchas veces no hay manera de ponerse de acuerdo en cómo afrontar los gastos de los niños a partir de ahora. Y es que un divorcio empobrece (y mucho) vuestra economía. A partir de ahora vais a tener que hacer frente a los mismos gastos en solitario, y suele ser una fuente de discusión. 

  • Custodia individual, pensión de alimentos y gastos extraordinarios de los hijos/as

Si se acuerda una custodia individual, se debe fijar una pensión de alimentos a favor del progenitor custodio. ¿Para qué es esta pensión? La pensión sirve para que éste o ésta pueda hacer frente a los gastos diarios de los hijos (Comida, luz, agua, gas, alquiler o habitación, ropa, libros, comedor…etc)

Para fijar la pensión se tienen en cuenta los gastos habituales de los niños, y la capacidad económica de los padres, intentando que los hijos no vean mermada su capacidad por el hecho de convivir, en su caso, con el progenitor que menos recursos dispone. 

Además de esos gastos del día a día, se deberá establecer también, cómo se abonaran los gastos extraordinarios, que son aquellos que no son ni previsibles ni habituales. Por ejemplo, una ortodoncia, una excursión del cole, gastos médicos…etc. 

Se puede acordar abonar estos por mitad o en otra proporción en caso de que la capacidad económica de ambos sea muy dispar. 

  • Custodia compartida y gastos de los hijos/as

En caso de acordar una custodia compartida  lo habitual es establecer que cada uno de los progenitores se hará cargo de los gastos de alimentación durante su tiempo de estancia, pero no tiene porque ser así. Puede que la diferencia de ingresos entre progenitores sea tan grande que resulte conveniente fijar también una pensión a favor del progenitor que menos recursos tiene, precisamente para que los peques no sufran grandes diferencias en la convivencia y puedan seguir su vida como hasta ahora en la medida de lo posible. 

Por otro lado, debe establecerse también cómo se pagarán los gastos habituales de los hijos. Gastos escolares, comedor, libros, ortodoncia, gastos médicos, clases extraescolares… 

En este caso se considera cuales son los ingresos de cada uno de los progenitores para establecer en qué proporción se sufragarán estos gastos. 

¿Preocupado por qué pasará con la casa tras una separación o divorcio? No saber quién vivirá allí o cómo se pagará la hipoteca puede ser estresante.

Si ambos son propietarios, seguirán pagando la hipoteca a medias aunque uno de los dos ya no viva allí.

Respecto al uso de la vivienda, salvo pacto contrario:

  • Si hay custodia individual, la vivienda se atribuye al progenitor custodio y los hijos.
  • Si es compartida, se puede atribuir al que esté en peor situación económica, aunque sea de titularidad privativa del otro cónyuge. 

Lo importante es conocer tu caso para asesorarte y tomar la mejor decisión.

Si uno de los cónyuges sufre desequilibrio económico como consecuencia de la separación o divorcio puede pedir una pensión compensatoria.

Se calcula teniendo en cuenta sus necesidades, la capacidad del otro cónyuge y el desequilibrio causado.

El trabajo doméstico cuenta como una contribución a las responsabilidades familiares y puede ser compensado.

La separación de bienes y la sociedad de gananciales son las dos formas de gestionar los bienes en el matrimonio más comunes, cada una con sus propias implicaciones.

En la sociedad de gananciales, los activos adquiridos durante el matrimonio se dividen equitativamente, y ambos cónyuges comparten la responsabilidad de las deudas.

La separación de bienes ofrece más protección individual en caso de separación, cada uno mantiene sus bienes privativos. 

¿Te separaste o divorciaste pero tu situación actual ha cambiado? ¿Te has quedado sin trabajo y no puedes pagar una pensión tan alta? ¿Te has enterado de que tu ex gana ahora el doble de ingresos y crees que debería contribuir con mayor cuantía a los gastos? ¿Tus hijos ya son más mayores y tu trabajo actual te permite estar más tiempo con ellos?

Son muchas las situaciones que aconsejan un cambio de medidas. Si la situación se ha modificado sustancialmente podremos iniciar un procedimiento de modificación de medidas de mutuo acuerdo o contencioso para intentar modificar unas medidas familiares que ya no resultan útiles para vuestra familia.

Si tu excónyuge no cumple con alguna de las medidas acordadas judicialmente , ya sea por impago de pensión o por incumplimiento de régimen de visitas o medidas,  te ayudamos a conseguir el cumplimiento de la sentencia. 

Primero a través de la negociación, y si esto no funciona, interponiendo el procedimiento de ejecución para que sea el Juez o Jueza quien le aperciba. 

Un incumplimiento reiterado puede llegar a ser considerado un delito

¿Quieres que tu hijo vaya a un instituto y tu ex a otro? ¿Quieres cambiar de domicilio por trabajo a otra comunidad t tu ex no quiere? ¿Quieres que tu hijo tome la comunión y tu ex no? ¿Quieres que tu hijo acuda a tu boda pero tu ex no quiere y ese fin de semana le tocan a él? 

El procedimiento de jurisdicción voluntaria será la vía que, en última instancia y previo intento de negociación, nos servirá para que sea un juez o jueza quien decida sobre estas cuestiones sensibles.